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Agresiones en centros asistenciales: cómo proceder

5 de septiembre de 2019

En las últimas semanas conocimos nuevos casos de agresiones a médicos. En entrevista para los Podcast CRS, la abogada de la Mesa Nacional del Colegio Médico e integrante de Udelam, Patricia Nuñez, nos cuenta sobre los tipos de agresión, sobre cómo activar los mecanismos de denuncia y cuáles son los eventuales procedimientos administrativos y judiciales.

Cómo deben actuar los médicos ante una agresión, qué rol juega la autoridad del establecimiento, saber cómo reaccionar ante este tipo de situaciones, cuáles son los aspectos normativos y conocer algo más sobre el recientemente aprobado proyecto de Ley que eleva las penas para el maltrato físico son temas de gran importancia al enfrentar este tipo de situaciones.

NH ¿Qué constituye una agresión?

– Se debe distinguir entre distintos tipos de agresiones. En primer término están las agresiones físicas que son las más evidentes cuando se produce un hecho contra la integridad física del médico, en este caso. Ahí podemos distinguir distintos tipos de delitos que van desde las lesiones leves y donde el resultado de la agresión es el que marca la distinción. Cuando se genera una licencia por sobre 30 días de duración, se entiende que son lesiones graves. Si esta lesión no genera incapacidad, serán de carácter leve; y, en el caso que se genere la pérdida de algún miembro del cuerpo o se pierda la capacidad para trabajar, en ese caso estaríamos hablando de lesiones graves gravísimas. En estos casos, siempre vale la pena denunciar porque existen penas de cárcel asociadas a este tipo de delitos que están tipificadas en el código penal. Lo esencial es distinguir según la gravedad

NH: ¿Y qué constituye una amenaza?

– Las amenazas son realizadas de forma verbal o escrita, y también son un delito, por lo tanto también se deben denunciar y son perseguibles por la autoridad. En el caso de dichos, injurias o calumnias (que se distinguen cuando hay publicidad), ahí se va diluyendo, lo mismo cuando son a través de las Redes Sociales.

NH: ¿Cómo se hace la denuncia? Muchas veces los colegas me preguntan qué hacer,  dónde recurrir, si es a su jefe directo o a la subdirección, si llaman a Falmed o a nosotros como Colegio.

– En el caso de la agresión verbal, lo primero que se aconseja –y es de sentido común- es retirarse y no fomentar la escalada de violencia. Luego de ocurrido el hecho, para efectos de denuncia y perseguir eventuales responsabilidades, es denunciar a la autoridad superior del servicio. Ahí hay que distinguir según la gravedad y el nivel de la agresión. Cuando hablamos de un delito, los funcionarios públicos tienen el deber de realizar la denuncia de los crímenes o delitos que ocurran al interior del establecimiento al Ministerio Público. En general, la ley va enfocada a los delitos funcionarios. El Estatuto Administrativo, en el artículo 90, señala que el jefe superior de la institución tiene el deber de otorgar la seguridad a los funcionarios que están prestando su servicio y de realizar las acciones tendientes a perseguir responsabilidad civil o penal de quien haya cometido esa infracción. En ese caso sería el jefe superior de la institución, el director, pero siempre a solicitud del funcionario, por escrito.

Escucha la entrevista completa en la sección regionalsantiago.cl/podcasts/ o bien pinchando acá

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